Licenciada Norma Guevara de Ramirios
El compromiso de la Organización de Estados Americanos (OEA), de realizar una auditoría integral al Registro Electoral y a sus fuentes; el Registro Nacional de Personas Naturales, los Registros del Estado Familiar de las alcaldías y registros de personas cuyos derechos políticos estén suspendidos; se ha iniciado ya, el esfuerzo debe ser útil para poner en claro muchos aspectos que preocupan de cara a la seguridad jurídica en la identificación de las personas y a la necesaria transparencia de los procesos electorales.
La auditoría debe responder a las expectativas creadas desde los partidos políticos y muchas entidades de la sociedad civil alrededor de la legalidad de los procesos y procedimientos de emisión del Documento Unico de Identidad Personal DUI, de la manera en que estos son entregados al Tribunal Supremo Electoral para convertirlos después en el registro de electores.
Si bien la tardanza en el inicio de la auditoría es lamentable, es bueno saber que ahora hay un elemento nuevo a tomar en cuenta para la misma , el resultado del censo de población. La auditoría debe servir también para buscar respuesta a las preocupaciones que genera la desproporción entre censo y registro electoral.
El Registro Electoral debe ser expresión de una actuación celosa, honrada y apegada a derecho de las instituciones estatales y de la ciudadanía para poder garantizar que a la hora de ejercer el derecho al sufragio, o la postulación a cargos públicos, los funcionarios electos sean expresión de la voluntad de una colectividad dentro de la jurisdicción correspondiente; sería incorrecto que al alcalde de Arcatao lo eligieran ciudadanos de otros municipios y peor aún de otro país burlando la ley y con consentimiento o poco celo de notarios, de registradores en alcaldías o del propio Registro Nacional de Personas Naturales.
A la Alcaldesa de Antiguo Cuscatlán la deben elegir ciudadanos de ese municipio, y a la de San Salvador igual; pero este deber ser se distorsiona cuando las personas empujadas por intereses partidistas se registran como domiciliados en municipios diferentes al lugar de vivienda. La transparencia es algo que atañe a todos, pero que tienen el deber de vigilar y garantizarlo las instituciones estatales correspondientes, los registros del estado familiar, el TSE o el RNPN.
Por eso causa extrañeza que al comparar el resultado del censo de población en el municipio de San Salvador, se constata que vivimos en el municipio 312 mil habitantes, mientras el reporte de personas con DUI, según el registro electoral a la misma fecha, sean 284 mil, esto indicaría que en este importante municipio, los niños y niñas menores de 18 años son menos de 30 mil, esto es increíble, y como es imposible de creer y se bloquea el derecho de analizar la información, queda solo pensar en posibles causas de un registro tan desproporcionado.
Una posibilidad es que en el registro hay muchas personas fallecidas, pero esto es poco probable porque de acuerdo a la ley el RNPN debe retirar mes a mes los reportes de personas fallecidas para actualizar la información; otra hipótesis sería que en los cinco últimos años las personas con DUI de San Salvador hubieran emigrado, pero si esto fuera cierto, debe poder establecerse con los registros de salida terrestre o aérea que lleva migración. Si ninguna de estas hipótesis es suficiente para explicar semejante desproporción existente entre censo y registro electoral, quedaría establecer si se ha dado con bastante exageración y complacencia de las autoridades registradoras, el tan criticado traslado de electores que impone tener como capitalinos a ciudadanos que realmente no lo son, con el afán de buscar un determinado resultado electoral.
Todas estas dudas deben ser investigadas y esclarecidas por la auditoría.
El TSE, el RNPN, las alcaldías, la ciudadanía, los partidos políticos debemos contribuir a señalar los problemas registrales, y ganarnos a la idea de que la transparencia es un requerimiento de la seguridad, y la libertad de la ciudadanía y, sin lugar a dudas, lograrlo es ganar un atributo de la democracia.
Detener la desconfianza sobre el manejo del Registro supone además que la derecha abandone su terquedad de impedir el derecho constitucional de los partidos de vigilar la organización, actualización, depuración y publicación del Registro Electoral como lo establece el artículo 77 de la Constitución de la República.
20.8.07
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